La iniciativa de reforma financiera que presentará el Gobierno federal propone el embargo precautorio de bienes del deudor, la creación de tribunales especializados en juicios mercantiles y dar al acreedor más derechos, como señalar los bienes a embargar para liquidar un adeudo.
Estos son los principales cambios que prevé la reforma financiera en el tema de mejoras en juicios mercantiles y ejecución de garantías, los cuales buscan facilitar el cobro de créditos financieros en caso de incumplimiento.
La iniciativa plantea modificar tres leyes: el Código de Comercio, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
En el tema del embargo o aseguramiento, se propone distinguir dos conceptos: arraigo del deudor y secuestro provisional de bienes.
El primero se solicitará cuando hubiese temor fundado de que el deudor se ausente u oculte, lo cual se podrá probar mediante documentos o testigos idóneos.
En el segundo, un juez podrá conceder el secuestro provisional de bienes (embargo provisional), cuando éstos se hayan dado en garantía para un crédito y también exista el temor de que el deudor los oculte o dilapide.
Y si los bienes consisten en dinero o depósitos en efectivo, siempre se presumirá que corren el riesgo de ser dilapidados, por lo que se concederá su embargo provisional.
El deudor podrá pedir la revocación de un embargo solo cuando algo ocurra después de la formulación de la demanda, en vez de poder impugnarla en cualquier momento.
Criptograma Noticias, con información de Reforma.
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