Con la aprobación de la Ley Olimpia, autoridades judiciales solicitarán a páginas de internet retirar antes de 24 horas contenido sexual de una persona que haya sido divulgado sin su consentimiento.
Con esta reforma al Código Penal, se impondrán de tres a seis años de prisión y de 500 a mil días de multa a quien divulgue contenido sexual de una persona sin su consentimiento; mientras que el grooming o el acoso de adultos a niños en internet, se castigará con cuatro a ocho años de prisión.
Se sancionará de cuatro a ocho años de prisión, y multa de mil a dos mil UMAS a quienes cometan delitos contra la intimidad sexual, al grabar, filmar o elaborar imágenes audios o video, reales o simulados, sin consentimiento o mediante engaños o manipulación a una persona.
Los diputados buscan sancionar a aquellos dueños o encargados de hoteles o moteles donde se esconden videocámaras para grabar actividades sexuales sin consentimiento.
Si bien, el pleno avaló el dictamen con 56 votos, diputados de Morena y de oposición reclamaron la paternidad de la ley en tribuna; sin embargo, la joven Olimpia Coral Melo, quien es la promotora de la iniciativa destacó que no se trata de un logro de los legisladores sino de las mujeres.