miércoles, 29 de mayo de 2019

Suspensión provisional a Lozoya no implica otorgamiento de amparo, aclara CJF

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) precisó que la suspensión provisional concedida al ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, no implica el otorgamiento de un amparo, ni interrumpe la persecución del delito.
En un boletín, el órgano precisó que la suspensión definitiva no surtirá efecto si el delito es considerado grave, y por lo tanto, amerite prisión preventiva oficiosa.
"La suspensión provisional, como medida cautelar, no implica que se haya otorgado un amparo" a favor de Lozoya Austin, ni interrumpe la persecución del delito por el que se le acusa.
El fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, precisó que Lozoya está acusado del presunto uso de fondos a través del sistema financiero, de carácter ilícito, para beneficio propio o de terceros, implícito en el Artículo 401 del Código Penal. Por lo que, dijo, sí amerita prisión preventiva.



Por su parte, Santiago Nieto, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera, informó que por instrucciones del presidente Andrés Manuel López Obrador, se descongelaron 47 cuentas para asegurar el funcionamiento de la empresa Altos Hornos de México y así se garantice el pago a los 20 mil trabajadores y proveedores. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario