Durante 2020 entran en vigor leyes que modificarán algunos aspectos de la vida cotidiana en México, desde la forma en que se guardan las compras del supermercado, hasta la definición de ciertas conductas como delincuencia organizada.
Estos son cinco ejemplos relevantes de cambios legales que entrarán en vigor en 2020.
Adiós a las bolsas de plástico
A partir del 1 de enero de 2020 estará prohibido que los comercios entreguen bolsas de plástico a los consumidores, para que guarden los artículos que compraron.
La titular de la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México, Marina Robles, indicó que, de violar lo establecido, los establecimientos podrán ser multados con hasta 168 mil pesos.
A la Ciudad de México se sumarán también en 2020 Tabasco y Nuevo León; actualmente al menos otros 17 estados han prohibido la distribución de bolsas de plástico.
Nuevo etiquetado de alimentos
La Secretaría de Salud publicó en noviembre en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud en materia de sobrepeso, obesidad y de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas.
Respecto al etiquetado de alimentos y bebidas sin alcohol, se modificó el artículo 212, en el que estipula que las etiquetas deberán “incluir información nutrimental de fácil comprensión, veraz, directa, sencilla y visible“, y añadió que, cuando lo considere necesario, la Secretaría de Salud podrá ordenar “la inclusión de leyendas o pictogramas” en los productos alimenticios.
Para concretar el establecimiento de un nuevo etiquetado de alimentos resta modificar la NOM 051. El anteproyecto de modificación respectivo está actualmente siendo sometido a consulta pública, a través del sitio web de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Ley antifactureros
La Secretaría de Hacienda emitió en noviembre el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones a las leyes Federal contra la Delincuencia Organizada y de Seguridad Nacional, del Código Nacional de Procedimientos Penales, del Código Fiscal de la Federación y del Código Penal Federal.
La nueva legislación tipifica como delincuencia organizada la compra y la venta de facturas para amparar operaciones fiscales inexistentes.
El documento destaca que la ley establece una sanción de “dos a nueve años de prisióna quien por sí o por interpósita persona expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados”.
¿Restricción para autos con una sola persona en la Ciudad de México?
La supuesta restricción de ciertas vías de la capital del país para personas que conduzcan su auto solas en realidad no entrará en vigor en 2020, pues durante este año solo habrá pilotos para evaluar las implicaciones de una medida de este tipo.
La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México aclaró que en los primeros días de 2020 no entrará en vigor ninguna regla de circulación que prohíbe que una sola persona vaya en un automóvil
No obstante, señaló que durante el próximo año se implementarán pilotos en algunas vías para analizar la factibilidad técnica de la medida y evaluar sus impactos operacionales, ambientales y sociales.
Facturación instantánea
Otro cambio legal que provocó distintas interpretaciones es el de la facturación instantánea, pues diversos actores políticos aseguraron que a partir de 2020 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) fiscalizaría los gastos hechos con tarjetas de crédito y revisaría si estos coinciden con los ingresos.
El SAT aclaró que las facturas actuales ya especifican si el pago se hizo en efectivo, con cheque o con tarjeta de crédito, que la facturación instantánea es opcional, no obligatoria, y se trata sólo de la facilitación de un trámite.
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