Con la aprobación de la Ley Olimpia, autoridades judiciales solicitarán a páginas de internet retirar antes de 24 horas contenido sexual de una persona que haya sido divulgado sin su consentimiento.
Con esta reforma al Código Penal, se impondrán de tres a seis años de prisión y de 500 a mil días de multa a quien divulgue contenido sexual de una persona sin su consentimiento; mientras que el grooming o el acoso de adultos a niños en internet, se castigará con cuatro a ocho años de prisión.
Se sancionará de cuatro a ocho años de prisión, y multa de mil a dos mil UMAS a quienes cometan delitos contra la intimidad sexual, al grabar, filmar o elaborar imágenes audios o video, reales o simulados, sin consentimiento o mediante engaños o manipulación a una persona.
Los diputados buscan sancionar a aquellos dueños o encargados de hoteles o moteles donde se esconden videocámaras para grabar actividades sexuales sin consentimiento.
Si bien, el pleno avaló el dictamen con 56 votos, diputados de Morena y de oposición reclamaron la paternidad de la ley en tribuna; sin embargo, la joven Olimpia Coral Melo, quien es la promotora de la iniciativa destacó que no se trata de un logro de los legisladores sino de las mujeres.
No hay comentarios:
Publicar un comentario